El afiliado debe encontrarse vigente en el contrato de salud provisional con la Isapre al momento del fallecimiento, y la causal del fallecimiento no debe ser ninguna de las siguientes: suicidio, pena de muerte, comisión de actos delictivos o motines, actividades o deportes riesgosos, guerra y contaminación radioactiva.
- ¿Puedo contratarlo con mis excedentes?
- ¿Quiénes pueden contratarlo?
- ¿Pueden los beneficiarios perder el derecho a la mantención del plan?
- ¿Es posible incorporar nuevos beneficiarios una vez activado?
- ¿Se puede modificar el plan o los beneficios una vez activado?
- ¿Deben los beneficiarios cancelar algo por la mantención del plan?
- ¿Cómo se activa?
- ¿Qué cubre?
- ¿Quiénes pueden obtener los beneficios?