¿Quiénes pueden contratar la Cobertura de Cesantía?

Esta cobertura es válida sólo para trabajadores que cumplan funciones bajo vínculo de subordinación y dependencia con un empleador determinado, por plazo indefinido y con jornada laboral de mínimo 40 horas semanales. Se excluyen de este beneficio agentes de ventas de AFP, Isapre y Seguros.