¿En qué momento se firma la DPS y el Contrato de Salud?

Si el afiliado o beneficiario no declara enfermedades preexistentes, el cotizante y el agente de ventas pueden firmar todos los documentos contractuales en un mismo acto.

Si declara enfermedades, la DPS deberá ser revisada por la Contraloría Médica antes de la firma del contrato. En base a dicha evaluación, Banmédica podrá autorizar o rechazar la incorporación de un afiliado, o condicionar su aceptación entregándole una cobertura reducida, por un período determinado, a las preexistencias.

La Isapre comunicará al afiliado o beneficiario la resolución de su aceptación, luego de lo cual se podrán firmar los documentos contractuales si la persona hubiera sido aceptada por la Isapre. De haber sido condicionada su afiliación deberá además firmar una carta de aceptación para las restricciones que hayan sido definidas para la cobertura de sus preexistencias.