¿Debo hacer algo cuando comience nuevamente a trabajar?

Sí, es obligación que comuniques a la Isapre tu reintegro a la fuerza laboral dentro de un plazo de 30 días corridos, contados desde que se produzca este hecho- mediante la suscripción del FUN Cambio de Empleador. Con todo, la Isapre solo otorgará la Cobertura de Cesantía por el o los meses efectivos de cesantía con el tope de 6 meses.