Si la persona cotizante declara la condición preexistente del embarazo de alguna beneficiaria del contrato o si éste no es preexistente, la cobertura por las prestaciones originadas en la atención del parto, será como mínimo, equivalente a la proporción entre el número de meses de vigencia de los beneficios que tenga la beneficiaria al momento de producirse el parto y el número total de meses de duración del embarazo, de acuerdo al Plan de Salud Complementario convenido.
- ¿Qué pasa si no declaro todas las preexistencias?
- ¿Qué cobertura reciben las enfermedades y condiciones preexistentes que NO hayan sido declaradas?
- ¿Por cuánto tiempo una preexistencia declarada puede tener cobertura reducida?
- Si declaro una enfermedad preexistente, ¿cómo sabré si tendré una cobertura reducida?
- ¿Qué cobertura reciben las enfermedades y condiciones preexistentes declaradas?
- ¿Qué puedo hacer si la Isapre rechaza mi afiliación debido a una enfermedad preexistente declarada?
- ¿Qué sucede si la Isapre acepta el ingreso de un cotizante sin Declaración de Salud?
- ¿En qué momento se firma la DPS y el Contrato de Salud?
- ¿Para qué se solicita la Declaración de Salud y para qué se utiliza?
- ¿Quién debe llenar la Declaración de Salud?