Nueva obligación sobre emisión de boletas electrónicas

Te informamos que mediante Resolución Exenta SII N°166, el Servicio de Impuestos Internos (SII) estableció que a partir del 01 de julio de 2021, existe la obligación de que todas las boletas de honorarios sean emitidas de manera electrónica, salvo los casos en que a la fecha de publicación de la Ley N°21.242 en el Diario Oficial (24 de junio de 2020), los contribuyentes hayan emitido una o más boletas de honorarios electrónicas en cualquier momento anterior a la fecha señalada, caso en el cual la referida obligación de emisión obligatoria de boletas de honorarios electrónicas comenzó su vigencia desde el 01 de enero de 2021.

Conforme a lo anterior, para que no tengas inconvenientes en caso de que debas solicitar un reembolso en tu Sucursal Virtual, las clínicas, centros médicos o médicos particulares donde te atiendas deberán emitir las boletas de esta forma, tal como lo exige la nueva normativa.

Si tienes alguna consulta sobre este tema o necesitas más información, no dudes en llamarnos a nuestro Contact Center al 600 600 3600.